miércoles, 3 de octubre de 2007

Qué debemos saber para las elecciones del 28 de Octubre

¿Cómo puedo averiguar donde voto el 28 de Octubre?

Ingresando a http://www.padrones.gov.ar/
en este mismo momento en solo tres pasos podrá saber en que mesa y escuela votar el día de las elecciones.
De acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Interior de la Nación también lo podrá hacer a través de su teléfono celular enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, escribiendo la palabra"voto", espacio y agregar el número de su documento, seguido de la letra "m" para masculinos y "f" para femeninos.

¿Qué cargos se ponen en juego en las próximas elecciones?

En la provincia de Buenos Aires y en San Isidro se elegirán:

  • A nivel Nacional
    1.Presidente y Vicepresidente
    2.Diputados Nacionales
  • A nivel Provincial
    3.Gobernador y Vicegobernador
    4.Diputados Provinciales

  • A nivel Local
    5.Intendente Municipal, Concejales y Consejeros Escolares

¿Con que tipo de Boletas de votación nos encontraremos en el cuarto oscuro?

Técnicamente se denominan “Listas Cerradas y Bloqueadas” ya que no existe opción de modificación, tacha o reemplazo de candidatos por parte del votante. Las boletas “Sábanas” estarán compuestas por 5 (cinco) categorías de candidatos. (Ver orden en el ítem anterior)

¿Cuántas fuerzas políticas presentarán candidatos en estas elecciones en San Isidro?
¿Cuántos Concejales y Consejeros escolares se eligen en San Isidro?

El Honorable Concejo Deliberante se renueva cada 2 años por mitades. Está compuesto por 24 concejales y las bancas que estarán en disputa serán 12.
En cambio el Concejo escolar esta compuesto por 8 miembros y se renuevan 4 de dichos cargos.

¿Quiénes tienen la obligación de votar el 28 de Octubre?

Todos los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años de edad cumplidos hasta el mismo día del comicio que figuren inscriptos en el Padrón Electoral de San Isidro.

¿Quiénes están exentos de la obligación de votar?

Los mayores de setenta años;
Los jueces y sus auxiliares
que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial
Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que deberá extender una certificación escrita que acredite esta situación
Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto.

¿Cómo puedo asegurarme de que haya sido incorporado en el padrón?

El registro de electores cerró el próximo 1º de mayo de este año. Los cambios de domicilio registrados luego de esa fecha no serán incorporados en el padrón. Por lo tanto, si Ud. ya realizó el cambio de domicilio, debería ser incluido en el padrón de cara a las elecciones del próximo 28 de octubre.

¿Puedo votar con Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica en lugar de DNI, o con un ejemplar diferente del documento que figura en el padrón?

El elector puede votar presentándose con libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica siempre que no haya gestionado el DNI, ya que no se admitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Sí debe admitirse, en cambio, el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón. Si Ud., por ejemplo, cuenta con un DNI triplicado, y en el padrón figura duplicado podrá emitir su voto.

¿Puedo votar con un comprobante de DNI en trámite?

No. Los electores podrán votar únicamente presentando su DNI, LE o LC. No es considerado probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite.
Si no aparezco en el padrón ¿puedo ser incluido manualmente el día de la elección?
No. Podrán votar únicamente aquellos electores que figuren en el padrón electoral.

*Datos obtenidos a través: Ministerio del Interior de la República Argentina